jueves, 31 de marzo de 2011

Guarderías Nocturnas.

Las guarderías nocturnas son establecimientos que se abren por las noches para la ayuda de personas que trabajan en horarios difíciles, durante los fines de semana o por las noches y no tienen con quien dejar a sus hijos, o bien porque sus familiares no viven cerca de ellos para que les puedan echar una mano o porque tienen alguna labor que cumplir.

Este tipo de guarderías se denominan guarderías 24 horas, así como servicios baby night o cuidadores búho; son guarderías que llevan años de actividad y que han ampliado sus horarios. Este tipo de guarderías se dirigen a padres que trabajan por la noche o en turnos más allá de las 20:00 horas, y ha padres que por no saber a quien dejar sus hijos, no pueden realizar una salida con la pareja o con los amigos para salir de fiesta.

Los servicios que proporcionan son actividades de entretenimiento, cena  o una cama adecuada para dormir, aunque también hay algunos centros que proporcionan un servicio de recogida a domicilio.

El artículo de este tipo de guarderías me ha parecido muy interesante, ya que no sabía con exactitud, cual era la labor de las guarderías nocturnas, sin embargo, me parece bien que existan sitios como son las guarderías nocturnas destinadas a acoger a los niños que por diversos motivos, no pueden ser cuidados  y atendidos por sus padres en sus casas. Lo que no me parece bien, es que haya padres que  dejen a sus niños en estos sitios por el  hecho de que ellos se quieran ir de fiesta y pasárselo bien. Si han tenido un niño, deben asumir las consecuencias que les conlleva, y no por ello, deben de dejar el niño con una desconocida, solo por querer pasarlo bien. Por otro lado, pienso que para los padres que trabajan y no tienen con quien dejar a sus hijos es una buena idea, ya que es un buen lugar, para que los hijos puedan estar, además de pasar tiempo con otros niños de su edad.



Raquel Sesmero Zaragoza

domingo, 27 de marzo de 2011

Servicios Municipales En Tu Municipio.


Raquel Sesmero Zaragoza

Guía De Proyectos De Atención A La Infancia


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Raquel Sesmero Zaragoza

Cuestionario De Estilos Educativos


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Raquel Sesmero Zaragoza

Child Friendly: Familia y Educación infantil


Este video nos demuestra como el niño imita a los padres, que en este caso, los adultos son auténticos modelos para los niños, por lo que se puede observar como los niños hacen todo lo que hacen los adultos.
En muchas ocasiones no somos conscientes si lo que hacemos está bien o mal,  ya que los niños, están continuamente observándonos, sin embargo, creemos que lo que hacemos está bien, cuando en realidad nos estamos equivocando, por lo tanto, debemos de saber que es lo qué está bien y que es lo qué está mal.
Hay algunas actuaciones que me han llamado la atención, como cuando sale la madre fumando y el niño detrás con un cigarro en la mano, cuando el padre está pegando a su mujer y el niño también, o cuando una mujer esta vomitando y al lado, se encuentra la niña.
Este tipo de actuaciones son las que no podemos realizar cuando hay un niño delante, ya que copian nuestras conductas y luego las imitan, por lo que debemos de actuar de forma correcta delante de ellos, para que reflejen buenas conductas.

Raquel Sesmero Zaragoza

viernes, 25 de marzo de 2011

Legislación De La Ley Del Menor

La Legislación correspondiente a la Ley Del Menor, es una ley que se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales.
Las personas a las que se aplique la presente Ley gozarán de todos los derechos reconocidos en la Constitución y en el ordenamiento jurídico, particularmente en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, así como en la Convención sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y en todas aquellas normas sobre protección de menores contenidas en los Tratados válidamente celebrados por España. Dicha Ley tiene novedades como el objetivo de pretender una mayor proporcionalidad entre la respuesta sancionadora y la gravedad del hecho cometido; se amplian los supuestos
en los que se pueden imponer medidas de internamiento en régimen cerrado a los menores.; se adecua el tiempo de duración de las medidas a la entidad de los delitos y a las edades de los menores infractores, y se suprime definitivamente la posibilidad de aplicar la Ley a los comprendidos entre dieciocho y veintiún años; Se añade una nueva medida: la prohibición al menor infractor de aproximarse o comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez; se refuerza especialmente la atención y reconocimiento de los derechos de las víctimas y los perjudicados, entre los que se encuentra el derecho a ser informado en todo momento, se hayan o no personado en el procedimiento, de aquellas resoluciones que afecten a sus intereses; las víctimas y los perjudicados tendrán derecho a personarse y ser parte en el expediente que se incoe al efecto, para lo cual el secretario judicial les informará en los términos previstos en los artículos 109 y 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, instruyéndoles de su derecho a nombrar abogado o instar el nombramiento de abogado de oficio en caso de ser titulares del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Raquel Sesmero Zaragoza

miércoles, 23 de marzo de 2011

Plan Concilia

El Plan Concilia constituye un importante avance en las condiciones de trabajo de las empleadas y empleados públicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha e intenta dar respuesta, con la implantación de mejoras en el empleo público, a las necesidades surgidas de las nuevas estructuras familiares y sociales.
Con la promoción de la conciliación el Gobierno regional da un paso más hacia la igualdad efectiva entre hombres y mujeres al tiempo que colabora en la construcción de una cultura de corresponsabilidad entre ambos sexos.
El Plan Concilia recoge una importante amalgama de medidas que, usadas desde la responsabilidad y el compromiso profesional, permitirán un aumento de la calidad, tanto en el puesto de trabajo, como en el servicio ofrecido al ciudadano, favoreciendo una vida personal y familiar más satisfactoria.
las principales novedades que incorpora el Plan de Conciliación son las siguientes:
  • Introducción de un sistema de ayudas. 
  • Nuevos permisos no previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público.
  •  Mejora de permisos ya existentes.
  •  Mejora de garantías retributivas, respecto de las establecidas en el Estatuto Básico, durante el disfrute de permisos o excedencias. 
  • Otras mejoras.

Raquel Sesmero Zaragoza